¿Conoces en qué consiste el nuevo padrón de telefonía móvil? Aquí te decimos sus riesgos y cómo puedes evitar brindar tu información de manera legal.
Por Mario Ramírez | campus Aguascalientes - 22/04/2021 Fotos Adobe Stock

La aprobación de un padrón de telefonía celular que almacenará los datos biométricos en México ha traído interrogantes: ¿Están seguros mis datos? ¿Qué riesgos conlleva? ¿Qué pasa con mi privacidad?

El 14 de abril, el Senado de la República aprobó la creación de un nuevo padrón que almacenará los datos biométricos de los usuarios de la telefonía móvil en el país.

El licenciado Miguel Nájera, profesor de la Escuela de Humanidades y Educación del Tecnológico de Monterrey campus Aguascalientes, responde a estas preguntas. 

 

Mujer sosteniendo teléfono

 

¿En qué consiste esta reforma?

El Senado aprobó en lo general y en lo particular, la creación del nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que de acuerdo con el Senado, apoyará en el combate de delitos cometidos por medio de teléfonos celulares.

Con el objetivo de combatir los delitos que son generados a través del uso de teléfonos celulares, se aprobó reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil”, compartió Nájera.

 

Huella dactilar biométrica

 

La Ley Federal de Telecomunicaciones tiene como objetivo promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones, garantizar la soberanía nacional y fomentar una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios.  

De tal modo que, los actuales usuarios de cualquier empresa telefónica deben de brindar información esencial para que su servicio telefónico no se vea cancelado al incurrir incumplimiento de la reforma a la ley mencionada.

Esta reforma ha generado revuelo entre la sociedad e incertidumbre sobre la seguridad y privacidad de los datos almacenados, pues ahora, se tendrá que vincular los datos personales, como CURP y datos biométricos a las líneas móviles de México”, puntualizó Nájera. 

Los datos que serán recabados son:

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Fecha y hora de compra del SIM
  • Domicilio 
  • Nombre completo o razón social
  • Esquema de contratación de la línea telefónica
  • Datos biométricos

 

Huella dactilar biométrica

 

México es uno de los pocos países que contará con este padrón, sumándose después, los países de Afganistán, China, Bangladesh, Pakistán, Venezuela, entre otros. 

Para Miguel Nájera, la nueva normativa podría representar un beneficio, pero al mismo tiempo, la considera una reforma inconstitucional y un riesgo para los usuarios.

El hecho de tener los datos de manera pública y obligatoria, vulnera la privacidad personal y viola artículos de nuestra constitución, lo cual, la hace inconstitucional”, mencionó el profesor Nájera.

Asimismo, comentó que como sociedad estamos conscientes de que existe posibles riesgos acerca de brindar todos nuestros datos personales al gobierno.

 

¿Realmente tiene riesgos?

La biometría son las medidas biológicas o características físicas, que se pueden utilizar para identificar a las personas. 

Garantiza una autenticación rápida, una gestión de acceso segura y en el ámbito laboral puede lograr una supervisión precisa de los empleados.

 

Persona usando una computadora

 

La autentificación biométrica resulta conveniente, pero los defensores de la privacidad temen que este tipo de seguridad vaya en contra de la privacidad personal.

Hay que enfatizar que la información recaudada, será controlada y reservada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), organismo que de manera previa, ha presentado vulnerabilidades en sus sistemas de seguridad. 

La preocupación es que se recopilen datos personales sin la autorización del usuario y sin las debidas medidas de seguridad de su buen resguardo”, puntualizó el profesor Nájera.

La reforma obliga a los 122 millones de usuarios de telefonía móvil a registrar sus datos biométricos, es decir, huellas dactilares, escaneo de iris, escaneo de rostro o retina y registro de tono de voz. 

El profesor del Tec comparte que esta reforma no solo representa problemas para la sociedad, sino también para las grandes empresas de telefonía móvil.

Cómo ciudadanía, no nos debemos preocupar tanto cómo lo harán las empresas que brindan estos servicios, sino más bien, que un gran porcentaje de personas no brindarán sus datos, lo cual puede representar pérdidas millonarias”, enfatizó el profesor.

 

La preocupación es que se recopilen datos personales con demasiada facilidad y sin el debido consentimiento”.

 

 

 

Hacker

 

Por otro lado, la población mexicana debe estar consciente de que dichos datos, “pueden ser comercializados, robados o filtrados desde la misma plataforma”, y con ellos facilitar la comisión de delitos.

 

Los riesgos potenciales

Algunos de los riesgos más significativos son: 

  • Suplantación y robo de identidad. 
  • Si el dispositivo es robado y se realiza un delito con el mismo, se perseguirá al titular de la línea, por lo que podrá ser considerado como presunto responsable. 
  • Espionaje ilícito de manera continua. 
  • Vulnerabilidad en las aplicaciones bancarias, pues el acceso generalmente se da por dichos datos biométricos. 

Además de los riesgos, la creación del Padrón de usuarios en la reforma aprobada viola lo establecido en los artículos 6 y 20 de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vulnerando la privacidad personal y el derecho humano de libre acceso a las telecomunicaciones sin injerencia alguna.

 

Mellete de juez

 

¿Y si no quiero compartir mis datos?

El profesor señala que existen dos distintas opciones con acción legal que permitirán al usuario no proveer dicha información al gobierno mexicano:

- Las empresas de telefonía móvil 

Estas podrán presentar un amparo ante los tribunales federales porque dicha reforma atenta contra sus derechos y las de sus clientes.

- De manera individual

Procede el mismo amparo, con el mismo argumento sobre: la violación de los derechos. Acto que fue realizado por primera vez el pasado 20 de abril. 

Dicho amparo resalta el hecho de la violación a los artículos primero, sexto, décimo sexto y vigésimo, brindando seguridad en lo individual a los interesados.

El profesor mencionó que dicho amparo se presenta debido a un sentimiento de invasión a la privacidad y se presenta ante el tribunal.

Es un amparo que se debe presentar ante un tribunal federal con el debido formato, argumentando la invasión a la privacidad personal", agregó el también ex funcionario público.

Por último, el catedrático invita a la sociedad a informarse y conocer a fondo en qué consiste dicha reforma, y de cómo se puede presentar el amparo. Pues como sociedad, la información es poder para todos.

 

 

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